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¿Cómo resuelvo un seguro de vida?


Hay aseguradoras que solicitan el Certificado de Últimas Voluntades en el momento de pagar el Seguro de Vida.

Es el caso de una póliza en la que no se hayan designado beneficiarios, y no hubiera cónyuge, hijos o padres que recibieran la indemnización del Seguro. Entonces, los herederos legales serían los beneficiarios de la póliza.

Certificado de Últimas Voluntades, ¿qué es y para qué sirve?

Por definición, este certificado acredita que existe un documento testamental que recoge la última voluntad de una persona fallecida. Se trata de un documento oficial en el que se confirma que esta persona ha dejado testamento y se informa sobre el notario ante el que se ha depositado dicho testamento.

También es posible que las personas allegadas tengan conocimiento de que formalizase la herencia ante notario, pero desconozcan si se hizo un testamento posterior. En cualquier caso, solicitar el Certificado de Últimas Voluntades es sencillo y barato, y resulta conveniente para evitar trastornos con la herencia.

Cuando se hace un testamento en cualquier Notaría, se anota en el Registro de Últimas Voluntades y de esa manera, solicitando la información a este registro se puede certificar con total seguridad si hay o no hay testamento, y en su caso, cuál es último testamento otorgado.

Gracias a este certificado, los herederos pueden dirigirse al Notario donde se realizó el último testamento y obtener una copia autorizada del mismo. Este documento es imprescindible para la realizar cualquier acto sucesorio.

¿Quién puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades?

Cualquier persona que presente la documentación requerida puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades de un fallecido.

Trámites para solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad

Este certificado se puede solicitar una vez hayan transcurrido 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Además, la solicitud se debe realizar a través del Modelo 790 que se puede descargar desde la web del Ministerio de Justicia.

Además de cumplimentar el impreso 790, es necesario pagar las tasas en cualquier caja o banco que actúe como entidad colaboradora.

Junto con el pago de tasas y el impreso 790 es necesario presentar el Certificado Literal de Defunción expedido por el Registro Civil de la localidad en la que la persona haya fallecido. Se puede presentar el documento original o una fotocopia compulsada.



El Modelo 790 y el certificado de Seguros de Vida

Se da la circunstancia de que la solicitud del Certificado de Últimas Voluntades se realiza con el mismo impreso con el que se solicita otro certificado importante para en el ámbito de los Seguros de Vida. Hablamos del Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento o certificado de Seguros de Vida.

Este documento acredita los contratos vigentes en que figuraba como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora. En caso de que la persona fallecida no figurara como asegurada en ningún contrato, también se haría constar expresamente en este certificado.

El certificado de Seguros de Vida puede evitar que el capital asegurado del seguro de un ser querido se pierda y se quede sin cobrarse. Una situación que sucede con bastante más frecuencia de lo que podríamos pensar, por el desconocimiento de los allegados y familiares de la existencia de estas pólizas de Vida.


Si necesitas ayuda con este proceso, no sabes cómo gestionar la burocracia o los tiempos, ven a #BelsuéMediacióndeSeguros te ayudamos a que puedas demandar el seguro con total garantía.


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