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  • Foto del escritorBelsué Mediación Seguros

¿Cómo tramito un siniestro?

Lo primero que debes saber es que la actuación de las aseguradoras ante un siniestro está bastante regulada, precisamente para proteger los intereses de los asegurados y garantizar la capacidad de reacción de la compañía de Seguros. La normativa establece unos plazos para tramitar los siniestros que comprometen a la aseguradora y, también, al cliente.

¿Cuándo se activan las coberturas de la póliza?

Si queremos que el Seguro cubra el siniestro, debemos tener la póliza en vigor. En el momento en el que el cliente y la aseguradora firman la póliza, rubricando el acuerdo sobre las coberturas y las condiciones que se establecen en el contrato de Seguro, las coberturas de nuestra póliza se hacen efectivas.

La Propuesta de Seguro y la cobertura de la póliza

Puede que al asegurar el coche, la aseguradora haga una Propuesta de Seguro. Esta figura puede confundir a los clientes, porque no supone que las coberturas se hagan efectivas. Se trata de una oferta que la aseguradora hace y que, según el artículo 6 de la Ley del Contrato de Seguro, le compromete durante un plazo mínimo de 15 días.

Pero eso no quiere decir que el Seguro ya esté hecho, sino que esa oferta, con ese precio y esas coberturas, se debe mantener durante ese plazo. Es importante destacar que la Propuesta de Seguro no tiene la validez de una póliza en caso de siniestro, por cuanto no ofrece ningún tipo de cobertura ni servicio. Sólo cuando el tomador de la póliza acepte la oferta, el contrato será válido.

El Documento de Cobertura Provisional

Es un certificado de la compañía de Seguros que indica que tenemos suscrita una póliza, y que servía como justificante de la contratación del Seguro mientras que el tomador esperaba recibir la póliza definitiva.

La póliza debe incluir las mismas condiciones que la propuesta de seguro, incluyendo las garantías ofertadas, el precio de la prima y las exenciones planteadas. Si no es así, el tomador dispone de un plazo de un mes para solicitar a la compañía que se modifique la póliza para que incluya lo comprometido en la propuesta de seguro. Por eso es importante mirar bien las condiciones del contrato, porque trascurrido ese mes de plazo, el contenido de la póliza será el que prevalezca.

La duración del contrato de seguro

Cada póliza determina el tiempo que durará el Seguro, que no puede ser de más de 10 años.

Es aquí donde entra la posibilidad de dar de baja el Seguro, que en la mayoría de las ocasiones no es otra cosa que comunicar que no queremos volver a prorrogar esas coberturas.

Es importante recordar que debemos notificarlo por escrito a la aseguradora con un plazo de un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso. La aseguradora puede ejercer también este derecho, pero en su caso tiene que hacerlo con dos meses de adelanto.

Plazos para comunicar un siniestro al Seguro

El asegurado tiene siete días de plazo para comunicar un siniestro a la aseguradora. Es lo que comúnmente se conoce como dar parte al Seguro.

A partir de entonces, se abre un nuevo plazo de cinco días en el que el asegurado deberá comunicar por escrito cuáles son los daños estimados como consecuencia del accidente.

El cliente del Seguro tiene el deber de comunicar en plazo la incidencia. De lo contrario, la aseguradora cumplirá con las coberturas contratadas, pero puede reclamar los daños y perjuicios a su cliente, por el retraso en dicha comunicación.



Peritos y valoración de los daños

La Lay establece un plazo de 40 días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, para que abone el importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas. De no hacerlo, incurriría en mora y se irían acumulando intereses.

Demora del Seguro

En caso de que las peritaciones e investigaciones del siniestro se alarguen, la normativa también pone límites para que las aseguradoras no retrasen el cumplimiento de su cobertura. Por eso se entiende que la compañía de seguros incurre en mora si no cumple con su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro, sin causa justificada. Eso quiere decir que la indemnización se incrementará con un interés correspondiente al interés legal del dinero más el 50%.

La Ley de Contrato del Seguro también advierte en su articulado que si transcurren más de dos años a partir de la fecha del siniestro sin que la aseguradora haya pagado o justificado su negativa, el interés aplicado deberá ser de, al menos, el 20%.


Los tiempos juegan un gran papel en esta tramitación, por eso, contar con la ayuda de un mediador como nosotros te ayudará a tener la seguridad de que el desenlace de la tramitación llegará a buen puerto.


Crecemos contigo.

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