Cómo, cuándo y por qué impugnar un testamento
- Belsué Mediación Seguros

- 13 nov
- 5 Min. de lectura
Comprender cómo impugnar un testamento es esencial cuando existen dudas sobre la validez de la última voluntad de un familiar o cuando el reparto de bienes no respeta lo que establece la ley. Aunque el testamento es la expresión de la voluntad personal del testador y merece un respeto absoluto, el derecho sucesorio prevé situaciones en las que dicho documento puede resultar inválido, parcial o totalmente.
Impugnar un testamento no es un acto de rebeldía familiar, sino un mecanismo legal diseñado para proteger los derechos hereditarios cuando han sido vulnerados. A continuación encontrarás una guía exhaustiva que te permitirá entender las causas, requisitos, pruebas, tipos de irregularidades y el procedimiento judicial completo.
1. ¿Cuándo se puede impugnar un testamento? Nulidad frente a anulabilidad
El primer paso para comprender cómo impugnar un testamento es distinguir entre nulidad y anulabilidad, dos conceptos que determinan tanto la gravedad de los defectos como las consecuencias jurídicas.
La nulidad supone que el testamento nunca fue válido desde su origen. Es un documento que nace viciado y que no produce efectos frente a terceros. Por el contrario, la anulabilidad se refiere a un testamento que aparentemente es válido, pero que presenta defectos que pueden justificar su anulación total o parcial si se prueba adecuadamente.
Ambas figuras persiguen un mismo objetivo: proteger que los derechos hereditarios se repartan correctamente y evitar que voluntades manipuladas, forzadas o mal documentadas generen situaciones injustas.
2. Causas de nulidad del testamento: defectos que lo invalidan desde el inicio
La nulidad afecta a los casos más graves, aquellos en los que el testamento nunca debió producir efectos. Algunas de las situaciones más comunes son:
Falta de capacidad para testar
La ley es clara:
Los menores de 14 años no pueden otorgar testamento.
Los menores de edad no pueden realizar un testamento ológrafo.
Tampoco es válido el testamento otorgado por una persona que no esté en pleno uso de sus facultades mentales.
Una persona incapaz de comprender el alcance de sus actos no puede disponer válidamente de su patrimonio, incluso si el documento está firmado ante notario.
Formas no permitidas por la ley
La ley prohíbe expresamente:
Los testamentos mancomunados o conjuntos, incluso si se otorgan en el extranjero.
El testamento otorgado por un tercero en nombre del testador.
El testamento es un acto personalísimo: nadie puede decidir por el testador ni compartir ese acto con otra persona.
Falta de formalidades esenciales
Las formalidades no son un mero requisito estético: son garantía de autenticidad y protección. La ausencia de elementos como la firma, la fecha, la identificación correcta de testigos o la intervención adecuada del notario también provoca la nulidad del documento.
3. Causas de anulabilidad: cuando el testamento parece válido, pero no lo es
La anulabilidad abarca situaciones más sutiles pero igualmente graves, ya que afectan a la libertad del testador o a la integridad jurídica del documento.
Falta no evidente de capacidad
En muchas ocasiones, la falta de capacidad no es absoluta ni evidente. Una persona puede encontrarse afectada por un deterioro cognitivo leve, por medicaciones fuertes o por estados psicológicos alterados que mermen su voluntad sin impedirle firmar.En estos casos, la anulabilidad surge cuando se demuestra que no existía plena lucidez ni libertad en el momento de testar.
Vicios en el consentimiento: violencia, intimidación o fraude
La ley contempla que cualquier testamento firmado bajo presión, engaño o manipulación puede ser anulado.Esto incluye:
Amenazas directas o veladas.
Trato manipulador por parte de cuidadores, familiares o terceros.
Estrategias de aislamiento o engaño destinadas a beneficiar a alguien injustamente.
Para impugnar un testamento por estos motivos, es esencial probar la conducta, ya sea mediante testimonios, documentos, historial médico o indicios sólidos.
4. Los dos grandes tipos de testamento: abierto y ológrafo
Para entender cómo impugnar un testamento, también es fundamental conocer las diferencias entre las modalidades más frecuentes.
Testamento abierto notarial
Es el más habitual y se otorga ante notario. Aunque en apariencia es el formato más seguro, puede ser impugnado si faltan formalidades clave, como:
Identificación correcta del testador.
Firma del testador o del notario.
Redacción incorrecta o incompleta.
Omisión del lugar, fecha u hora.
Testamento ológrafo
Debe estar escrito de puño y letra, fechado y firmado. Su impugnación es frecuente porque:
Muchas veces las tachaduras no están salvadas.
Falta la fecha completa.
No está íntegramente escrito por el testador.
5. Motivos más frecuentes para impugnar un testamento en España
Los tribunales reciben a menudo demandas basadas en los siguientes supuestos:
La ausencia de un heredero forzoso
Los descendientes, ascendientes y el cónyuge no pueden ser excluidos sin causa legal. Si esto ocurre, se produce una preterición que puede ser:
Intencional: el testador quiere excluir a alguien.
Involuntaria: lo hace por error, desconocimiento o confusión.
Incapacidad o manipulación del testador
Estados de confusión, enfermedades cognitivas o presiones directas pueden invalidar totalmente el testamento.Ejemplos claros:
Otorgar un testamento inducido por engaños.
No comprender realmente el alcance de designar a un heredero universal.
Reparto incorrecto de los bienes
Los bienes deben dividirse respetando los tres tercios sucesorios: legítima, mejora y libre disposición. Saltarse esta estructura legal puede justificar la impugnación.
Errores de forma
Firmas ausentes, fechas incorrectas o notarios no competentes también permiten solicitar la nulidad.
6. ¿Quién puede impugnar un testamento?
Pueden impugnarlo:
Herederos forzosos
Legatarios perjudicados
Personas con interés directo, como acreedores
Quedan excluidos quienes ya hayan aceptado expresamente el contenido del testamento.
7. Paso a paso: cómo impugnar un testamento en la práctica
El procedimiento suele seguir las siguientes etapas:
Consulta con un abogado especializado, que analiza el testamento, la documentación médica y los posibles indicios de irregularidad.
Presentación de la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente al domicilio del fallecido.
Admisión a trámite por parte del juzgado.
Contestación de los herederos implicados, que tienen 20 días para responder.
Audiencia previa, en la que pueden llegar a un acuerdo o seguir adelante.
Juicio, donde se presentan pruebas, testigos, informes médicos y periciales.
8. Plazos para impugnar un testamento
Los plazos varían según el motivo de la impugnación:
4 años cuando existen vicios del consentimiento.
5 años si se basa en nulidad o anulabilidad.
15 años si se reclaman derechos sucesorios.
El tiempo comienza a contar desde que el heredero conoce el testamento.
9. ¿Puede el testador prohibir la impugnación del testamento?
No. La ley lo impide expresamente.Sin embargo, el testador sí puede establecer que quien impugne solo reciba lo que legalmente le corresponde, una forma de disuadir conflictos entre herederos.
10. Impugnar no es lo mismo que revocar: diferencias clave
Revocar lo hace el propio testador.
Impugnar lo hacen los herederos cuando detectan irregularidades.
Son procesos distintos con efectos también diferentes.
Saber cómo impugnar un testamento permite entender que la ley protege tanto la voluntad legítima del testador como los derechos de los herederos. No se trata de un acto impulsivo o emocional, sino de un procedimiento legal que busca corregir injusticias, irregularidades o situaciones donde la voluntad real del testador pudo verse manipulada o mal documentada.
La clave está en actuar con asesoramiento especializado, analizar cada caso de forma individual y reunir las pruebas necesarias para demostrar los vicios o defectos del testamento.
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